La llegada de la Inteligencia Artificial (IA) al sector musical ha sido uno de los temas más discutidos en la industria en los últimos años. Mientras que algunas compañías discográficas y editoriales han tratado de proteger sus intereses y defenderse de la tecnología, la artista canadiense Grimes se ha mostrado con abierta a aprovechar el potencial que la IA ofrece y ha dado un paso innovador al respecto.

En un movimiento que puede ser tildado tanto de polémico como de innovador, Grimes anunció en Twitter que dividiría al 50% los royalties generados por las canciones creadas por IA que usen su voz. Además, ofreció en su página web los archivos y datos necesarios para que los creadores puedan utilizar su voz en la creación de nuevas canciones.

Este movimiento se ha interpretado como un intento de la artista de sacar provecho de la IA en lugar de luchar contra ella, pues en un contexto en el que muchas compañías están tratando de defenderse de la tecnología, Grimes ha decidido colaborar con ella y alentar a sus fans a hacer lo mismo. De hecho, ha equiparado la colaboración o featuring con artistas, a la creación de una canción por un robot o IA.

En su tweet, Grimes también hizo referencia a la canción “Heart On My Sleeve”, generada por IA, que nunca llegó a ser colaboración entre The Weeknd y Drake. La artista canadiense parece estar dispuesta a experimentar con la IA y a hacer que la tecnología trabaje para ella, en lugar de luchar contra ella.

¿Corresponde a un artista, los royalties de una obra creada por inteligencia artificial que utiliza su voz?

Sin embargo, ¿puede hacer Grimes lo que propone? ¿le corresponde el 50% de los royalties de las canciones que utilicen su voz generada por IA? Para responder a esta pregunta, hay que diferenciar dos contextos:

Si la voz del artista es una grabación preexistente que se utiliza en una IA para generar nuevas obras, como por ejemplo una canción generada por una IA que utiliza fragmentos de la voz de un artista, entonces es posible que el artista tenga derecho a recibir regalías o compensación por el uso de su voz. En este caso, la IA estaría utilizando la voz del artista como una muestra o fragmento de una obra anterior, lo que podría considerarse una forma de utilización de una obra protegida por derechos de autor.

Sin embargo, si la IA utiliza la voz del artista para generar una voz sintética o artificial que imita la voz del artista, es posible que el artista no tenga derecho a recibir regalías. Esto se debe a que la voz sintética generada por la IA no estaría utilizando una grabación preexistente del artista, sino que estaría generando una voz nueva y artificial que imita la voz del artista. En este caso, la voz artificial generada por la IA podría considerarse una obra nueva, que no se basa directamente en una grabación preexistente del artista.

¿Qué posición tomarán las discográficas al respecto?

 En general, las discográficas pueden estar interesadas en explorar la utilización de inteligencia artificial en la creación musical, especialmente si esto les permite reducir costes y aumentar la eficiencia en la producción de música. Sin embargo, también pueden estar preocupadas por los posibles riesgos legales y comerciales asociados con la creación de música con IA y las implicaciones a largo plazo que esto podría tener para la industria musical.

¿Qué ocurriría si comienza a crearse gran cantidad de obras con inteligencia artificial por personas ajenas al negocio discográfico? ¿correrá riesgo la industria?

Habrá que diferenciar si esa música creada por IA es original, o si por el contrario, se trata de una obra derivada o que reproduce una obra en las que la industria discográfica ha intervenido.

¿A quién corresponden los derechos de autor de una canción hecha por una voz sintética de IA?

Una canción hecha por una voz sintética de IA puede tener derechos de autor siempre y cuando cumpla con los requisitos de originalidad y creatividad que se exigen para cualquier obra protegida por derechos de autor.

La ley de propiedad intelectual en muchos países reconoce la protección de las obras creadas por medios o tecnologías digitales, incluyendo aquellas generadas por inteligencia artificial. Por lo tanto, si una canción hecha por una voz sintética de IA cumple con los requisitos de originalidad, creatividad y expresión, puede ser considerada una obra original y protegida por derechos de autor.

Es importante destacar que, en este caso, los derechos de autor probablemente recaerían en la persona o entidad que haya creado y programado la inteligencia artificial para generar la canción, por lo que las regalías y otros derechos de explotación de la obra generarían ingresos para el propietario de los derechos de autor, y no necesariamente para la IA o la voz sintética utilizada.

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